El Comité Electoral, conformado por la procuradora general de la República, la directora de la Dirección General de Persecución, la directora de la Dirección General de Carrera, la directora de la Dirección General Administrativa y la directora de la Escuela Nacional del Ministerio Público, actuando de conformidad con el artículo 49 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, No. 133-11, convoca a los miembros de carrera del Ministerio Público a la Asamblea Electoral que tendrá como objetivo la selección de los integrantes que conformarán el Consejo Superior del Ministerio Público y a los miembros del Ministerio Público que integrarán el Consejo Académico de la Escuela Nacional del Ministerio Público.