SANTO DOMINGO (República Dominicana).- La Primera Sala Penal de la Corte de Apelación del Distrito Nacional ratificó este lunes la prisión preventiva impuesta al imputado Domingo Julio Santana Sánchez, quien es procesado por su vinculación con la red que borró y alteró registros de antecedentes penales a más de 16,000 personas y que fue desmantelada con la Operación Gavilán.
Sobre la decisión, la procuradora general de Corte de Apelación, Sourelly Jáquez, expresó: “el tribunal acaba de ratificar la medida de coerción de prisión preventiva que fue impuesta por el juez de Instrucción en el presente caso por no presentar la defensa técnica ningún presupuesto nuevo y ver la fortaleza de la cintila probatoria presentada por el Ministerio Público”.
La representante del Ministerio Público se refirió a la decisión al responder preguntas de la prensa a la salida del tribunal que funciona en el antiguo Palacio de Justicia del Centro de los Héroes.
Los jueces Dorys Pujols (presidenta del tribunal), Ramona Rodríguez e Indira Montás adoptaron la decisión luego de acoger el pedimento del Ministerio Público que pidió que el recurso de apelación con el que el imputado procuraba la variación de la medida de coerción fuera rechazado, ya que no han variado los motivos que dieron origen a la imposición de la medida de coerción.
Santana Sánchez es uno de los cincos imputados que cumple 18 meses de prisión preventiva en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, en San Cristóbal, por formar parte de la desmantelada red que borró y alteró registros de antecedentes penales a 16,958 personas.
El pasado mes de agosto el proceso fue declarado de tramitación compleja y les fue impuesta la prisión preventiva como medida de coerción por 18 meses a los imputados Domingo Julio Santana Sánchez, Mártires Rosario Reyes, Alfredo Mirambeaux Villalona, Luis Alfredo Astacio Polanco y a Rubén Darío Morbán Santana.
En tanto que a los imputados Pilar Irenes Medina Trinidad y Vicente Ferrer Monegro les fueron impuestos como medida de coerción arresto domiciliario e impedimento de salida del país.
Los imputados que arribaron a acuerdos para cooperar con la investigación del Ministerio Público recibieron diferentes medidas de coerción, entre los que se encuentran Laudelina Esther Reyes, Yokaira Elizabeth Carmona, Ashley Darleni Morbán Reyes y Dilcia Argentina Nuñez Santos, Alexander Romanqui Dotel, a quienes les fueron impuestos impedimento de salida del país, garantía económica y presentación periódica.
Con la Operación Gavilán, el Ministerio Público presentó cargos preliminares en contra de una red de fiscales, empleados administrativos y policías que se dedicó durante años a eliminar antecedentes penales a cambio de sobornos.
En la operación que desmanteló la red criminal participó un equipo de fiscales en conjunto con unidades especiales de la Policía Nacional y la Dirección Nacional de Control de Drogas (DNCD), quienes realizaron allanamientos en el Distrito Nacional, Santo Domingo, Independencia y San Pedro de Macorís contra los integrantes de la red.
En el borrado de antecedentes penales, ejecutado por esta red criminal, han sido beneficiados sicarios, narcotraficantes, violadores sexuales, imputados de violencia de género y por adulteración de alcohol, así como por secuestro, llegando esta estructura al extremo de que personas recluidas cumpliendo condenas de hasta de 30 años de prisión figuren sin antecedentes penales en los registros oficiales.
Durante los allanamientos se ocuparon evidencias de los delitos imputados, como dispositivos electrónicos, prueba de transferencias bancarias, armas de fuego, vehículos, dinero en efectivo, cédulas y copias de cédulas.
Los vinculados a la red fueron sometidos a la justicia por incurrir en los delitos de asociación de malhechores, soborno, cibercrimen y lavado de activos provenientes de los delitos imputados.
El grupo fue sometido a la justicia por violar varios artículos del Código Penal Dominicano, la Ley 41-08 sobre la Función Pública, la Ley 53-07 sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología y la Ley 155-17 en perjuicio del Estado dominicano.