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Fiscalía del Distrito logra 30 años de prisión contra vigilante que provocó muerte a otro en empresa automotriz del Ensanche Paraíso 

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- Los jueces del Cuarto Tribunal Colegiado del Distrito Nacional condenaron a 30 años de prisión al vigilante Ángel Emilio Santana Martínez, acusado por el Ministerio Público de provocarle la muerte el pasado año a un miembro de la seguridad de la empresa automotriz Santo Domingo Motors, en el Ensanche Paraíso, del Distrito Nacional.

El tribunal, que preside la magistrada Keila Pérez Santana, adoptó la decisión luego de acoger en todas sus partes las pruebas periciales, documentales y testimoniales presentadas por las fiscales litigantes Cinthia Bonetti y Angie Castro, quienes demostraron la culpabilidad del acusado del crimen puesto a su cargo en perjuicio de su amigo Ofelio Ernesto Ventura, empleado de la empresa Seguridad y Garantía (SEGASA). 

El expediente instrumentado por la Fiscalía del Distrito Nacional establece que el crimen se registró en la madrugada del 16 de julio del 2022 en las instalaciones de la compañía automovilística Santo Domingo Motors, en el Ensanche Paraíso. 

Los fiscales investigadores del Ministerio Público determinaron que ese día, Ángel Emilio Santana Martínez, quien laboraba como vigilante nocturno en un edificio en construcción contiguo a la empresa automovilística Santo Domingo Motors, sorprendió a su amigo Ofelio Ernesto Ventura, empleado de SEGASA, mientras dormía, y le propinó varios golpes en la cabeza con un pedazo de block, provocándole la muerte instantánea. 

Tan pronto cometió el hecho, el agresor despojó a la víctima de su cartera y una pistola Caranday calibre nueve milímetros que utilizaba para desempeñar sus labores y luego lanzó el pedazo de block hacia afuera de las instalaciones de la empresa y huyó del lugar, acciones que quedaron registrada en cámaras de video que funcionan en el lugar, lo que facilitó su identificación y posterior apresamiento. 

Tras su apresamiento, al ser interrogado, Santana Martínez admitió los hechos, explicando que la pistola sustraída de la escena del crimen la había empeñado por la suma de RD$10,000 (diez mil pesos) al señor Pedro Luis Brito, quien dos días después, el 18 de junio, devolvió el arma voluntariamente a las autoridades a través de su esposa Jhor Francis Rosado Núñez. 

El informe médico forense concluyó que la víctima Ofelio Ernesto Ventura falleció a causa de traumatismo diversos y contusiones en la cabeza, así como golpes y fracturas múltiples con rotura de huecos en la región frontal, occipital y temporal izquierda, el hombro izquierdo y una hemorragia masiva en el pulmón izquierdo y exposición de la masa encefálica.  

El Ministerio Público estableció que la conducta del vigilante Ángel Emilio Santana Martínez constituye el tipo penal de “Asesinato”, previsto y sancionado por los artículos 295, 296, 297, 298, 302, 379 y 382 del Código Penal Dominicano y el artículo 67 de la Ley 631-16 que penaliza el uso ilegal de armas de fuego. 

La pena impuesta a Santana Martínez será cumplida en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, en San Cristóbal, donde se encuentra recluido desde el momento en que se le impuso medida de coerción por el caso.

 

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