SANTO DOMINGO (República Dominicana).- A solicitud del Ministerio Público, el Primer Tribunal Colegiado del Distrito Nacional dictó condenas de 20 años de prisión en dos ocasiones, por hechos distintos, contra un hombre hallado culpable de robo agravado contra una persona y del homicidio de otra, en el sector Cristo Rey.
Las juezas Tania Yunes, Evelyn Rodríguez e Isabel Reyes dispusieron que Alvin Joel Bergal Féliz (El Chino) cumpla la sentencia en el centro de privación de libertad La Victoria, por encontrar pruebas suficientes del crimen de robo con violencia contra Ismael Mateo y el homicidio de Anyelo Rivera Osoria.
Durante las audiencias, la fiscal litigante Cinthia Bonetti presentó las pruebas testimoniales, documentales, periciales y referenciales del robo, mientras que Mariela Ramos los elementos en cuanto al homicidio.
Sobre el robo, la Fiscalía del Distrito Nacional establece en la acusación que Bergal Féliz y otras personas hasta el momento no identificadas aprovecharon que la víctima se dirigía a su residencia y lo sorprendieron para despojarlo de su celular.
Luego el hoy condenado le propinó un disparo en un pie, por lo que el agraviado le rogó por su vida. El agresor accedió a dejarlo vivo a cambio de que no le mirara la cara.
El Ministerio Público calificó estos hechos como asociación de malhechores, robo con violencia y porte ilegal de arma de fuego, delitos previstos y sancionados en los artículos 265, 266, 379, 382 y 385 del Código Penal, y los artículos 66 y 67 de la Ley 631-16, sobre Control y Regulación de Armas, Municiones y Materiales Relacionados.
Con respecto al homicidio, el expediente acusatorio narra que sucedió momentos en que Rivera Osoria compartía con varias personas y de repente se presentó Bergal Féliz preguntado por la identidad de la víctima y, sin motivo aparente, le realizó un disparo en la cabeza.
El Ministerio Público tipificó estos hechos como homicidio y porte ilegal de arma de fuego, delitos sancionados en los artículos 295 y 304 del Código Penal y varios artículos de la ley 631-16.
En cuanto al efecto de ambas condenas, La Fiscalía del Distrito Nacional afirmó que el hecho resalta su compromiso con la persecución del crimen y garantiza una sanción ejemplar contra alguien que ha violado las leyes y afectado a la sociedad. “Aunque en nuestro país no existe el cúmulo de pena, el condenado en estos casos no podrá tener acceso al Juez de Ejecución de la Pena para optar por una libertad condicional, por haber cometido este segundo delito”, explicó el órgano de la acusación.