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Tribunal ratifica prisión preventiva al exprocurador Jean Rodríguez y al exdirector de Tecnología Javier Forteza

 

Yeni Berenice Reynoso asegura que todo el que tenga responsabilidad penal en un caso será procesado conforme a las evidencias que tenga el Ministerio Público

SANTO DOMINGO (República Dominicana).- El Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional acogió la solicitud del Ministerio Público al disponer este lunes el mantenimiento de la prisión preventiva al exprocurador Jean Alain Rodríguez y al exdirector de Tecnología de la Información y la Comunicación de la Procuraduría, Javier Alejandro Forteza Ibarra.

La procuradora adjunta Yeni Berenice Reynoso destacó la fortaleza de los expedientes instrumentados por el Ministerio Público durante la actual gestión que está bajo la responsabilidad de la magistrada Miriam Germán Brito.

“Todo el que tenga responsabilidad penal y el Ministerio Público tenga evidencia será objeto de un proceso que culminará de acuerdo a las pruebas en lo que tenga que culminar. Eso no excluye a nadie, absolutamente a nadie”, expresó la responsable de la Dirección General de Persecución del Ministerio Público.

Reynoso se pronunció en esos términos al responder a los periodistas que le preguntaron sobre algunos alegatos del Partido de la Liberación Dominicana (PLD) respecto a la acusación de la Operación Antipulpo, que tiene como principal imputado por corrupción a Juan Alexis Medina Sánchez, hermano del expresidente Danilo Medina Sánchez.

“No creo que se pueda decir que se haya dicho nada sobre la acusación, porque usar clichés políticos no es referirse a la acusación, y (…) este Ministerio Público que dirige la magistrada Miriam Germán Brito no entra en discusiones políticas”.

“El que quiera discusiones políticas que busque políticos y discuta con políticos”, sostuvo, al dejar claro que todavía el tribunal no notifica la acusación del Caso Pulpo a las partes.

“El que quiere discutir con el Ministerio Público, que busque buenos abogados, porque nuestra acusación está blindada. Nada de lo que se dijo en la acusación se dijo sin tener pruebas”, sostuvo Reynoso.

“Entonces, como no se han referido a la acusación, porque no la han leído, no la han visto, no la han hojeado, las cuestiones políticas que las respondan los políticos. Y como no se ha dicho nada de la acusación de los hechos gravísimos que nosotros hemos probado, como la nada se responde con nada, nosotros no tenemos nada que responder”, enfatizó en sus respuestas a la prensa.

Respecto al Caso Medusa, la jueza  Solange Vásquez, del Cuarto Juzgado de la Instrucción del Distrito Nacional, dispuso el mantenimiento en prisión de Rodríguez y Forteza durante la revisión obligatoria de la medida de coerción de prisión preventiva por 18 meses que cumplen en el Centro de Corrección y Rehabilitación Najayo Hombres, en San Cristóbal.

La jueza Vásquez dispuso la próxima revisión obligatoria para el 19 de marzo de 2022.

En el caso figuran como coimputados Rafael Antonio Mercede Marte, Jenny Marte Peña y Altagracia Guillén Calzado, quienes cumplen arresto domiciliario, y Miguel José Moya, a quien le fue impuesta una garantía económica de RD$1 millón en modalidad de contrato, a través de una compañía aseguradora, impedimento de salida y presentación periódica.

Por este caso, Rafael Stefano Canó Sacco, el exjefe de Gabinete del procurador Rodríguez Sánchez, fue arrestado en España y el Ministerio Público ya hizo el trámite de la solicitud para su entrega a República Dominicana.

De acuerdo con el expediente, los imputados integraron una red criminal de corrupción que operó desde la Procuraduría General de la República y que, según estimaciones preliminares, estafó al Estado dominicano con más de 6 mil millones de pesos.

El órgano acusador les imputa la violación a los artículos 123, 124, 166, 167, 265, 266 y 405 del Código Penal, que describen y sancionan la coalición de funcionarios, prevaricación, asociación de malhechores y estafa contra el Estado.

También, enfrentan cargos de infracción al artículo 3, párrafo, de la Ley 712, que tipifica el desfalco y que modifica los artículos 171 y 172 del Código Penal, así como a los artículos 5, 6 y 10 de la Ley 53-07, sobre Crímenes y Delitos de Alta Tecnología, por haber incurrido en actos de acceso ilícito, daño o alteración de datos y sabotaje.

El Ministerio Público acusa al grupo, además, de violación a los artículos 1 y 2 de la Ley 488-06, sobre Soborno.

El exprocurador Rodríguez Sánchez y sus colaboradores y relacionados están imputados, asimismo, de infringir varios artículos de la Ley 155-17, contra el Lavado de Activos y el Financiamiento del Terrorismo.

 

 

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