Departamento de Prensa

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7 de diciembre de 2016

Ministerio Público obtiene prisión preventiva contra principal imputado en red de trata de personas

Ministerio Publico

Santo Domingo, D.N.- El Ministerio Público obtuvo tres meses de prisión preventiva a cumplir en la Penitenciaria La Victoria como medida de coerción, contra el propietario del establecimiento Doll House, a quien las autoridades le imputan ser el cabecilla de una red de trata de personas y lavado de activos junto a otros cómplices.

El juez coordinador de la Oficina de Atención Permanente del Distrito Nacional, Alejandro Vargas, también impuso a Laura Esther Damisela Bautista, una garantía económica de un millón de pesos, impedimento de salida del país y presentación periódica por ante las autoridades, y al tercer imputado, Santo Benjamín Rodríguez Santos, como medida de coerción, le fue impuesta la colocación de localizador electrónico, impedimento de salida del país y un millón de pesos como garantía económica.

Los imputados fueron  arrestados mediante orden judicial luego que la red fuera desarticulada y rescatadas 15 mujeres en dicho establecimiento.

La instancia remitida a la Oficina de Atención Permanente por la Fiscalía del Distrito Nacional, la Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas y la Procuraduría Especializada Antilavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo indica que la existencia de elementos de prueba son suficientes para sostener, razonablemente, que son autores o cómplices de los delitos imputados.

El grupo alegadamente de forma coordinada y estructurada, se encargaba de captar y trasladar a las mujeres a una casa del sector Los Restauradores, del Distrito Nacional, y posteriormente las trasladaban hacia el establecimiento indicado para ser explotadas sexualmente con el fin de obtener beneficio económico, reteniéndoles los pasaportes y aprovechándose sobre todo de las condiciones de vulnerabilidad de las víctimas (determinadas por su género, pobreza y migración), utilizando en ocasiones coacción, engaño, abuso de poder, concesión o recepción de pagos o beneficios, hechos que de acuerdo al artículo 3 de la Ley 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, que se subsumen en el tipo penal de trata de personas con fines de explotación Sexual.

La operación se llevó a cabo luego de una investigación llevada a cabo por la  Procuraduría Especializada contra el Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, el Departamento de Persecución contra la Trata y el Tráfico de Personas de la Fiscalía del Distrito Nacional, conjuntamente con la Unidad de Investigación Criminal Transnacional del Departamento contra el Crimen Organizado de la Dirección Central de Inteligencia Delictiva de la Policía Nacional.

Durante el transcurso de las labores en que fueron rescatadas las mujeres, además fueron confiscados armas de fuego, DVR, títulos, certificados de propiedad, dinero en efectivo, fichas, recibos, facturas, contratos, copias de pasaportes y documentos de identidad, además de estados de cuenta, informes de análisis médicos, vehículos, boletos aéreos, computadoras y celulares, así como equipos electrónicos, entre otros objetos y documentos que están estrechamente relacionados con la comisión del ilícito penal de trata de personas, lavado de activos e inclusive tenencia ilegal de armas de fuego.

A partir de los objetos, documentos y hallazgos encontrados en el establecimiento allanado donde funcionaba el negocio Doll House, y en la referida casa, durante el proceso de investigación, se procedió a clausurar, secuestrar y mantener bajo custodia dichas propiedades, haciéndose constar esta situación en las actas de allanamiento que se levantaron al efecto.

En tal sentido, se ha establecido que existen elementos de prueba suficientes para establecer que los imputados presuntamente se asociaron entre sí y con otras personas, conformando un grupo criminal de delincuencia organizada, dedicado a la trata de personas con fines de explotación sexual.

El Ministerio Público le ha otorgado al presente hecho la calificación jurídica de trata de personas con fines de explotación sexual (agravado) y lavado de activos proveniente de la infracción grave o delito predicado de trata de personas con fines de explotación sexual y tenencia ilegal de armas de fuego, los cuales se encuentran tipificados y sancionados en las disposiciones de los artículos: 1 (literales a y h), 3 y 7 (literales b, c, d) de la Ley 137-03, sobre Tráfico Ilícito de Migrantes y Trata de Personas, 1 (numeral 7), 3 (literal a) y 18 de la Ley 72-02 sobre Lavado de Activos Provenientes del Tráfico Ilícito de Drogas y Sustancias Controladas y otras Infracciones Graves, y la Ley 631-2016 sobre Control y Regulación de Armas, todo esto en perjuicio del Estado dominicano y de las citadas víctimas.

Dentro de las pruebas con que cuenta el Ministerio Público se encuentran: testimoniales, documentales y materiales. La solicitud de prisión preventiva se había realizado contra los tres implicados, en virtud de que a juicio del Ministerio Público, los procesados no ofrecen garantía para presentarse a los actos del procedimiento y someterse a los mismos, considerando que no cuentan con el arraigo suficiente para descartar el peligro de fuga.