Documento a través del cual se certifica que el solicitante no posee antecedentes judiciales, amparados en el decreto Núm. 122-07 que establece el Reglamento para el Registro de Datos sobre Personas con Antecedentes Delictivos.
Sello que certifica al solicitante que los documentos notariales y oficiales que presenta están amparados por una firma válida y legítima, incorporada en el Banco de Firmas de la institución.
Documento que valida al solicitante que la firma de interés reposa en el Banco de Firmas de la institución.
Incorporación de la firma de notarios, intérpretes judiciales, representantes del Poder Judicial y representantes del Ministerio Público que así lo soliciten dentro del Banco de Firmas de la institución, una vez comprobada su validez y legitimidad.
Permite al interesado la visualización de las multas por infracciones de tránsito, así como el pago de las mismas a través de nuestra plataforma digital.
Tramitación al Poder Ejecutivo de la emisión del decreto que autoriza a ejercer la profesión de derecho en todo el país.
Tramitación al Poder Ejecutivo de la emisión del decreto que autoriza a ejercer la notaría en una jurisdicción.
Documento a través del cual se certifica el número y fecha del decreto del poder ejecutivo que autoriza a ejercer la profesión del derecho en el país.
Proceso mediante al cual se actualiza y rectifica la información penal del interesado en el Sistema de Investigación Criminal (SIC). Se realiza con la presentación de la sentencia de descargo definitivo del tipo penal imputable al interesado, o de cumplimiento de la condena.
Documento que certifica la existencia o no de impedimento de salida del país como medida de coerción impuesta por orden judicial, conforme establece el Código Procesal Penal Dominicano.
Se realiza a solicitud del interesado, y se ejecuta de manera provisional o definitiva con la presentación de la sentencia u orden judicial que aprueba el levantamiento de la medida de coerción que se le atribuye.
Se brinda a solicitud de las personas interesadas en incorporar una Asociación sin Fines de Lucro (ASFL). Al finalizar el proceso de incorporación, establecido de conformidad con la Ley sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, Núm. 122-05, y su Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 40-08, se otorga un certificado definitivo de incorporación.
Este servicio se brinda en caso de que los socios deseen modificar alguno de los estatutos y de esta forma recoja correctamente lo que es específico en su asociación.
Este servicio se brinda a solicitud de las partes interesadas en disolver por voluntad expresa la Asociación Sin Fines de Lucro o por haber llegado al término previsto para su duración.
Se brinda a solicitud de las personas interesadas en abrir una delegación de una Asociación sin Fines de Lucro (ASFL) extranjera. Al finalizar el proceso de autorización a funcionar, establecido de conformidad con la Ley sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, Núm. 122-05, y su Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 40-08, se otorga un certificado definitivo de autorización a funcionar.
Se brinda a solicitud de los miembros de una Asociación sin Fines de Lucro (ASFL) que desean hacer el proceso de publicidad de la incorporación, modificación o disolución de su organización, de conformidad con lo establecido en el artículo 5, de la Ley sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, Núm. 122-05, y su Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 40-08. Al finalizar el Proceso, el solicitante recibirá un Certificado Definitivo de Incorporación (para ASFL de nuevo ingreso o ASFL adecuadas a la Ley 122-05) o una Certificación de Modificación o Disolución, según corresponda.
Constancias relativas al funcionamiento o la veracidad de los documentos generados por una Asociación sin Fines de Lucro (ASFL). Entre éstas se pueden otorgar: Certificación de Vigencia de Asociación sin fines de lucro y Certificación de Documentos de Asociación sin fines de lucro.
Se brinda a solicitud de los miembros de una Asociación sin Fines de Lucro (ASFL) que deseen cerrar la delegación que abrieron en República Dominicana. El cierre de delegación es aprobado mediante Resolución, y está sujeto al cumplimiento del requisito de publicidad establecido en la Ley sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, Núm. 122-05, y su Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 40-08.
Se brinda de forma gratuita a solicitud de las personas interesadas en recibir consultoría en materia registral de Asociaciones sin Fines de Lucro (ASFL), de conformidad con la Ley sobre Regulación y Fomento de las Asociaciones sin Fines de Lucro en la República Dominicana, Núm. 122-05, y su Reglamento de Aplicación, Decreto Núm. 40-08.
Este servicio se pone a disposición de la ciudadanía para que tengan una herramienta con la cual puedan denunciar hechos y/o acciones que se encuentren divorciados de la integridad y la transparencia.
Send this to a friend